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ANTICIPOS

Datos del programa
Área de la ayuda Área de Anticipos Reintegrables/Préstamos
Cuantía de la ayuda Desde 400 € hasta 2.400 €
Método de solicitud de la ayuda Mediante Oficina Virtual [Solicitud online]
Fecha de comunicación 02/02/2024
Estado del programa En ejecución
Plazo 02/02/2024 - 15/11/2024

Forma de solicitud

SOLICITUD ON-LINE POR SEDE ELECTRÓNICA

Incompatibilidades

TENER UN PRÉSTAMO O ANTICIPO PENDIENTE DE CANCELAR

Resolución

Previo acuerdo de la Comisión Paritaria de Acción Social, el Gabinete de Acción Social hace pública la presente convocatoria de Anticipos durante los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, septiembre, octubre y noviembre de 2024, para atender solicitudes del personal universitario, con arreglo a las siguientes bases:

1. SOLICITANTES

Podrá solicitar estos Anticipos todo el colectivo de empleados/as universitarios/as, en activo y con vinculación permanente, contemplado en los apartados a) y c) del artículo Tercero del Reglamento y Plan de Acción Social de esta Universidad.

2. AYUDAS

Las cuantías que pueden solicitarse son: 400 Euros, 800 Euros, 1.200 Euros, 1.600 Euros, 2.000 Euros o 2.400 Euros. Las amortizaciones de los anticipos se producirán mediante retenciones en nómina, en doce mensualidades para cuantías iguales o inferiores a 1.200 Euros y de veinticuatro mensualidades para el resto; pudiendo reintegrar de una sola vez, en cualquier momento de la duración del mismo, la cantidad pendiente de amortización.

Los Anticipos se adjudicarán de entre las solicitudes recibidas en el Gabinete de Acción Social hasta el último día de cada mes. La concesión se realizará según el apartado 6.1 y 6.2 del Reglamento General de concesión de ayudas de carácter social de la Universidad de Granada.

En el supuesto de que la demanda sea superior al presupuesto disponible en cada resolución parcial, se priorizarán aquellas solicitudes en las que haya transcurrido más de dos meses desde la liquidación o reintegro del anticipo anterior.  

3. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

3.1 Las solicitudes se presentarán en la sede electrónica de la Universidad de Granada ( sede.ugr.es ) a través de alguno de estos procedimientos:
3.1.1. Oficina Virtual/Acceso Identificado , aplicación “Ayudas G.A.S.” opción “Solicitar programa”.
3.1.2. Solicitud Genérica . De entre los “Procedimientos/Solicitudes (con registro electrónico)” seleccionando el de “Solicitud Genérica” y adjuntando el modelo de solicitud del programa y los documentos indicados en el apartado 4 de esta resolución.

4. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Toda solicitud debe ir acompañada de la siguiente documentación:

En caso de haber presentado ya dicha documentación, no será necesario volver a presentarla.
4.1 Declaración/es de la Renta de los miembros de la unidad familiar del empleado/a universitario/a necesarias para el reconocimiento, seguimiento y control de las solicitudes presentadas a los diferentes programas del PLAN DE ACCIÓN SOCIAL 2022, o en su defecto autorización accesible desde:
4.1.1. AUTORIZACIÓN AEAT
4.1.2. Acceso Identificado >>Ayudas G.A.S.>> Descarga de Formularios
4.2 Autorización para el tratamiento de datos personales accesible desde:
4.2.1. AUTORIZACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS
4.2.2. Acceso Identificado >>Ayudas G.A.S.>> Descarga de Formularios

5. PLAZOS

El plazo de solicitud estará abierto hasta el último día de cada mes.

Para los anticipos de los meses de julio y noviembre el plazo de solicitud terminará el día 15 del mes correspondiente.

6. CANTIDAD ASIGNADA

La cantidad destinada a este programa será la asignada anualmente por la Comisión de Acción Social en la distribución del Presupuesto de Acción Social.

7. RÉGIMEN TRIBUTARIO

Estas ayudas tendrán el tratamiento fiscal que las leyes indiquen sobre las mismas.

8. PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN

El Gabinete de Acción Social de la UGR podrá requerir la documentación que considere necesaria para completar o verificar la exactitud de los datos declarados.

La ocultación de datos, la falsedad en la documentación aportada o la omisión de la requerida darán lugar a la denegación de la ayuda solicitada o pérdida de la concedida, con la devolución, en este último caso, de las cantidades indebidamente percibidas, con independencia de las responsabilidades a que hubiere lugar.

9. INCOMPATIBILIDADES

1.1 Este programa es incompatible con el programa de préstamos sin interés para adquisición y rehabilitación de primera vivienda o con cualquier otra prestación concedida por las Administraciones Públicas que suponga retención mensual en nómina.
1.2 Quedan expresamente excluidas las peticiones de solicitantes a los que se les haya concedido anteriormente un Anticipo y no hayan amortizado el importe del mismo.

10. REGLAMENTO Y PLAN DE ACCIÓN SOCIAL

Para lo no dispuesto específicamente en esta Resolución, será de aplicación el Reglamento y Plan de Acción Social de la Universidad de Granada.

11. PUBLICACIÓN

La presente resolución se hará pública en este Gabinete, igualmente se comunicará por correo electrónico a todo el personal de la Universidad y se publicará en la página web de este Gabinete de Acción Social, para conocimiento de todos los empleados universitarios a quienes pudiera interesar.

Antonio Maya de la Cruz
Director del Gabinete de Acción Social
Granada, 2 de febrero de 2024