SOLICITAR PREFERENTEMENTE POR ACCESO IDENTIFICADO
Área de la ayuda | Área Asistencial |
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Cuantía de la ayuda | Hasta 420 euros |
Método de solicitud de la ayuda | Mediante Oficina Virtual |
Fecha de comunicación | 26/01/2022 |
Estado del programa | Finalizado |
Plazo | 26/01/2022 - 23/12/2022 |
Estas ayudas serán incompatibles con cualquier otra prestación de naturaleza similar concedida por cualquier organismo o entidad pública o privada.
Prorrogada la vigencia del acuerdo de renovación firmado el tres de febrero de dos mil veintiuno, la Comisión de Acción Social informa del mismo y establece las siguientes bases para el programa de Tratamientos Odontológicos:
PRIMERA.- SOLICITANTES
Podrá solicitar esta ayuda el personal incluido en el Artículo 3º del Reglamento y Plan de Acción Social, y en los criterios generales en el ámbito de personal aprobados por la Comisión de Acción Social, con fecha 11 de mayo de 2016.
SEGUNDA.- AYUDAS
Se establecen dos modalidades de ayuda, de acuerdo con las tablas aprobadas por la Comisión de Acción Social, sobre la lista de precios públicos de tratamientos para 2022 facilitada por la Facultad de Odontología, siendo el importe máximo de cada una de estas modalidades de hasta 420 Euros por beneficiario y ejercicio económico.
Asimismo, la Facultad de Odontología aplicará con carácter general, a todo el personal de la Universidad de Granada y miembros de su unidad familiar, un descuento del 15% sobre los precios públicos oficiales aprobados para el año 2022.
TERCERA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
1.Las solicitudes se presentarán en la sede electrónica de la Universidad de Granada ( sede.ugr.es ) a través de alguno de estos procedimientos:
3.1.1. Oficina Virtual/Acceso Identificado , aplicación “Ayudas G.A.S.” opción “Solicitar programa”.
3.1.2. Solicitud Genérica . De entre los “Procedimientos/Solicitudes (con registro electrónico)” seleccionando el de “Solicitud Genérica” y adjuntando el modelo de solicitud del programa y los documentos indicados en el apartado 4 de esta resolución.
CUARTA.- DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
Toda solicitud debe ir acompañada de la siguiente documentación:
En caso de haber presentado ya dicha documentación, no será necesario volver a presentarla.
4.1 Declaración/es de la Renta de los miembros de la unidad familiar del empleado/a universitario/a necesarias para el reconocimiento, seguimiento y control de las solicitudes presentadas a los diferentes programas del PLAN DE ACCIÓN SOCIAL 2022, o en su defecto autorización accesible desde:
4.1.1. AUTORIZACIÓN AEAT
4.1.2. Acceso Identificado>>Ayudas G.A.S.>> Descarga de Formularios
4.2 Autorización para el tratamiento de datos personales accesible desde:
4.2.1. AUTORIZACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS
4.2.2. Acceso Identificado>>Ayudas G.A.S.>> Descarga de Formularios
QUINTA.- PLAZOS
La solicitud de ayuda deberá ser cursada con anterioridad a la fecha fijada para la realización del tratamiento por la Facultad de Odontología en 2022.
Se podrá solicitar este programa en el plazo comprendido entre la fecha de publicación de la presente resolución y el 23 de diciembre de 2022.
SEXTA.-CUANTÍA DE LAS AYUDAS
Para los tratamientos odontológicos recogidos en el listado Tipo 1, adjunto a la presente Resolución, la adjudicación de la ayuda será por la totalidad de la cuantía máxima de 420 euros. Para los tratamientos odontológicos recogidos en el listado Tipo 2, adjunto a la presente Resolución, la cuantía de la ayuda se determinará aplicando los criterios indicados en los artículos 6.1 y 6.2 del Reglamento y Plan de Acción Social de esta Universidad, y la siguiente tabla aprobada por acuerdo de la Comisión Paritaria de Acción Social:
Tramo de Renta per Cápita | Porcentaje (%) |
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Hasta 8.000 € | 100 % |
Desde 8.001 € hasta 9.000 € | 90 % |
Desde 9.001 € hasta 10.000 € | 80 % |
Desde 10.001 € hasta 12.000 € | 70 % |
Desde 12.001 € hasta 15.000 € | 60 % |
Desde 15.001 € hasta 20.000 € | 50 % |
Desde 20.001 € hasta 22.000 € | 40 % |
Desde 22.001 € | 30 % |
Una vez calculada la bonificación por el Gabinete de Acción Social, las diferencias económicas serán abonadas por el propio trabajador, siendo la base máxima para el cálculo, la cuantía de 420 Euros.
SEPTIMA.- RÉGIMEN TRIBUTARIO
Estas ayudas tendrán el tratamiento fiscal que las leyes indiquen sobre las mismas.
OCTAVA.- INCOMPATIBILIDADES
Estas ayudas serán incompatibles con cualquier otra prestación de naturaleza similar concedida por cualquier organismo o entidad pública o privada. Asimismo, la percepción de ayuda para los tratamientos protésicos será incompatible, para un mismo beneficiario, con el programa de Ortodoncia y otros tratamientos que no puedan realizarse en la Facultad de Odontología ofertado por este Gabinete de Acción Social.
NOVENA.- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN
El Gabinete de Acción Social de la UGR podrá requerir la documentación que considere necesaria para completar o verificar la exactitud de los datos declarados.
La ocultación de datos, la falsedad en la documentación aportada o la omisión de la requerida darán lugar a la denegación de la ayuda solicitada o pérdida de la concedida, con la devolución, en este último caso, de las cantidades indebidamente percibidas, con independencia de las responsabilidades a que hubiere lugar.
DÉCIMA.- SOLICITUD DE CITA EN LA FACULTAD DE ODONTOLOGÍA
Los/as interesados/as en recibir esta prestación deberán dirigirse a la página web del Servicio de Admisión de Pacientes de la Facultad de Odontología para solicitar ser incluidos/as en la correspondiente lista de espera para ser tratados, siguiendo las normas establecidas en la Facultad de Odontología.
UNDÉCIMA.- REGLAMENTO Y PLAN DE ACCIÓN SOCIAL
Para lo no dispuesto específicamente en esta Resolución, será de aplicación el Reglamento y Plan de Acción Social de la Universidad de Granada.
DUODÉCIMA.- PUBLICACIÓN
La presente resolución se hará pública en este Gabinete, igualmente se comunicará por correo electrónico a todo el personal de la Universidad y se publicará en la página web de este Gabinete (gas.ugr.es), para conocimiento de todos los empleados universitarios a quienes pudiera interesar.
Granada, 26 de enero de 2022
EL DIRECTOR DEL GABINETE DE ACCIÓN SOCIAL
Fdo.: Antonio Maya de la Cruz