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REALIZACIÓN DE TRATAMIENTOS ODONTOLÓGICOS PARA EL PERSONAL UNIVERSITARIO DESTINADO EN CEUTA O MELILLA. EJERCICIO 2024

Datos del programa
Área de la ayuda Área Asistencial
Cuantía de la ayuda Hasta 300€
Método de solicitud de la ayuda Mediante Oficina Virtual
Fecha de comunicación 09/02/2024
Estado del programa En ejecución
Plazo 09/02/2024 - 31/05/2024

Forma de solicitud

Resolución

Previo acuerdo de la Comisión de Acción Social, el Gabinete de Acción Social hace pública la presente Resolución, para los tratamientos odontológicos de los empleados universitarios destinados en los Campus de Ceuta o Melilla de la Universidad de Granada, REALIZADOS EN 2023, que se ajustará a las siguientes bases:

1. SOLICITANTES

Podrán solicitarlos el personal de la Universidad de Granada, con destino en Ceuta o Melilla, que perciba sus retribuciones con cargo al Capítulo I y VI del presupuesto de la Universidad de Granada, contemplado en los criterios generales en el ámbito de personal aprobados por la Comisión de Acción Social, con fecha 11 de mayo de 2016.

2. AYUDAS

La cuantía será por el importe de la factura acreditativa, con un máximo de hasta 300 euros por unidad familiar o análoga situación de hecho (apartado 3.1 del Reglamento y Plan de Acción Social), y por ejercicio, destinada a sufragar parcialmente los gastos de los tratamientos odontológicos.

3. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

3.1 Las solicitudes se presentarán en la sede electrónica de la Universidad de Granada (sede.ugr.es) a través de alguno de estos procedimientos:
3.1.1. Oficina Virtual/Acceso Identificado , aplicación “Ayudas G.A.S.” opción “Solicitar programa”.
3.1.2. Solicitud Genérica. De entre los “Procedimientos/Solicitudes (con registro electrónico)” seleccionando el de “Solicitud Genérica” y adjuntando el modelo de solicitud del programa y los documentos indicados en el apartado 4 de esta resolución.

4. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Toda solicitud debe ir acompañada de la siguiente documentación:

En caso de haber presentado ya dicha documentación, no será necesario volver a presentarla.

4.1 Declaración/es de la Renta de los miembros de la unidad familiar del empleado/a universitario/a necesarias para el reconocimiento, seguimiento y control de las solicitudes presentadas a los diferentes programas del PLAN DE ACCIÓN SOCIAL 2024, o en su defecto autorización accesible desde:

4.1.2. Acceso Identificado >>Ayudas G.A.S.>> Descarga Formularios
4.2 Autorización para el tratamiento de datos personales accesible desde:
4.2.2. Acceso Identificado >>Ayudas G.A.S.>> Descarga Formularios
4.3 Factura debidamente formalizada facilitada por la Clínica donde se realice el tratamiento, correspondiente al ejercicio 2023.
4.4 Certificado de la empresa en que trabaje el cónyuge, o persona en análoga situación de hecho, acreditativo de que ésta no recibe ayuda de carácter similar, o en su defecto, declaración jurada del solicitante de tal circunstancia.

5. PLAZOS

Se podrá solicitar este programa en el plazo comprendido entre la fecha de publicación de la presente resolución y el 31 de mayo de 2024.

6. CANTIDAD ASIGNADA

La cantidad destinada a este programa será la asignada anualmente por la Comisión de Acción Social en la distribución del Presupuesto de Acción Social. En caso que la demanda sea superior a la cantidad presupuestada se adjudicará aplicando los criterios indicados en los artículos 6.1 y 6.2, del Reglamento y Plan de Acción Social de la Universidad de Granada.

7. RÉGIMEN TRIBUTARIO

Estas ayudas tendrán el tratamiento fiscal que las leyes indiquen sobre las mismas.

8. PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN

El Gabinete de Acción Social de la UGR podrá requerir la documentación que considere necesaria para completar o verificar la exactitud de los datos declarados.

La ocultación de datos, la falsedad en la documentación aportada o la omisión de la requerida darán lugar a la denegación de la ayuda solicitada o pérdida de la concedida, con la devolución, en este último caso, de las cantidades indebidamente percibidas, con independencia de las responsabilidades a que hubiere lugar.

9. INCOMPATIBILIDADES

Estas ayudas serán incompatibles con cualquier otra prestación de naturaleza similar concedida por cualquier organismo o entidad pública o privada. Asimismo, la percepción de prestación para los tratamientos recogidos en la presente resolución, será incompatible, para un mismo beneficiario, con el programa de Ortodoncia y otros tratamientos que no puedan realizarse en la Facultad de Odontología ofertado por este Gabinete de Acción Social.

10. REGLAMENTO Y PLAN DE ACCIÓN SOCIAL

Para lo no dispuesto específicamente en esta Resolución, será de aplicación el Reglamento y Plan de Acción Social de la Universidad de Granada.

11. PUBLICACIÓN

La presente resolución se hará pública en este Gabinete, igualmente se comunicará por correo electrónico a todo el personal de la Universidad y se publicará en la página web de este Gabinete de Acción Social , para conocimiento de todos los empleados universitarios a quienes pudiera interesar.

Antonio Maya de la Cruz
Director del Gabinete de Acción Social
Granada, 9 de febrero de 2024