SOLICITAR PREFERENTEMENTE POR OFICINA VIRTUAL
Área de la ayuda | Área de Desarrollo y Bienestar Social |
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Cuantía de la ayuda | . |
Método de solicitud de la ayuda | Mediante Oficina Virtual [Solicitud online] |
Fecha de comunicación | 02/06/2025 |
Estado del programa | En ejecución |
Plazo | 02/06/2025 - 15/09/2025 |
Previo acuerdo de la Comisión de Acción Social y con la finalidad de ofrecer otra vía más para conciliar la vida laboral con la familiar, el Gabinete de Acción Social hace pública la presente Resolución, a todo el colectivo de empleados/as universitarios/as de los Campus de Ceuta, Melilla y Granada, para la subvención en los gastos originados por la realización de “otras Ludotecas de verano”, de libre elección por las unidades familiares, para sus hijos/as.
1. - SOLICITANTES
Podrá solicitar estas ayudas el personal de la Universidad de Granada que perciba sus retribuciones con cargo al Capítulo I y VI del presupuesto de la Universidad de Granada, contemplado en los criterios generales en el ámbito de personal aprobados por la Comisión de Acción Social, con fecha 11 de mayo de 2016, con hijos/as con edades comprendidas entre 3 y 12 años.
2.- AYUDAS
La cuantía de estas subvenciones será del 50% del gasto realizado, con un máximo de hasta 5,25€ por día de asistencia a la ludoteca en el periodo no lectivo de verano 2025 (desde final del presente curso escolar y hasta el inicio del nuevo curso escolar). La concesión de la ayuda estará condicionada a la disponibilidad presupuestaria establecida.
3.-PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
3.1. Las solicitudes se presentarán en la sede electrónica de la Universidad de Granada (sede.ugr.es) en el plazo comprendido entre la publicación de la presente resolución y el 15 de septiembre de 2025 a través de alguno de los siguientes procedimientos:
3.1.1. ( Oficina Virtual >>Ayudas G.A.S.>>Solicitar programa)
3.1.2. Solicitud Genérica. De entre los “Procedimientos/Solicitudes (con registro electrónico)” seleccionando el de “Solicitud Genérica” y adjuntando el modelo de solicitud del programa (accesible desde la dirección https://gas.ugr.es/ayudas) y los documentos indicados en el apartado 5 de esta resolución.
4.-DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Toda solicitud debe ir acompañada de la siguiente documentación:
En caso de haber presentado ya dicha documentación, no será necesario volver a presentarla.
4.1. Autorización para el tratamiento de los datos personales accesible desde:
4.1.2. Oficina Virtual >>Ayudas G.A.S.>> Descarga Formularios
4.2. Documento acreditativo de la inscripción en la ludoteca, con indicación del horario y periodo realizado.
4.3 Factura debidamente formalizada acreditativa del pago.
5.- RÉGIMEN TRIBUTARIO
Estas ayudas tendrán el tratamiento fiscal que las leyes indiquen sobre las mismas.
6.- INCOMPATIBILIDADES
Estas ayudas son incompatibles con la percepción de otras ayudas de naturaleza similar concedidas por cualquier Organismo o Entidad, Públicos o Privados, para un mismo beneficiario salvo cuantía inferior, en cuyo caso, si se acredita documentalmente su naturaleza y cuantía, podrá solicitarse la diferencia.
7.-PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN
El Gabinete de Acción Social de la UGR podrá requerir la documentación que considere necesaria para completar o verificar la exactitud de los datos declarados. La ocultación de datos, la falsedad en la documentación aportada o la omisión de la requerida darán lugar a la denegación de la ayuda solicitada o pérdida de la concedida, con la devolución, en este último caso, de las cantidades indebidamente percibidas, con independencia de las responsabilidades a que hubiere lugar.
8.- REGLAMENTO Y PLAN DE ACCIÓN SOCIAL
Para lo no dispuesto específicamente en esta Resolución, será de aplicación el Reglamento y Plan de Acción Social de la Universidad de Granada.
9.- PUBLICACIÓN
La presente resolución se hará pública en este Gabinete, igualmente se comunicará por correo electrónico a todo el personal de la Universidad y se publicará en la página web de este Gabinete (http://gas.ugr.es/), para conocimiento de todos los empleados universitarios a quienes pudiera interesar.
Granada, 2 de junio de 2025
EL DIRECTOR DEL GABINETE DE ACCIÓN SOCIAL
Fdo.: Antonio Maya de la Cruz